ITE

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La ITE es una Inspección Técnica de la que se obtienen los datos necesarios para la elaboración del Informe DE ESTADO DE SALUD DEL EDIFICIO. (Informe ITE) La inspección nos permite tener el conocimiento veraz del estado del Edificio, para poder programar y gestionar un correcto PLAN DE MANTENIMIENTO.

Con ella se pretende principalmente mantener las edificaciones en las adecuadas condiciones de seguridad constructiva, salubridad y ornato público en su conjunto, manteniendo la seguridad tanto de los residentes como de los viandantes.

La Inspección Técnica del Edificio tiene carácter obligatorio en toda España para los edificios con una antigüedad superior a 50 años, salvo que las Comunidades Autónomas fijen distinta antigüedad en su normativa, destinados preferentemente a uso residencial situados en los municipios cuya población sea superior a 25.000 habitantes.

Las inspecciones realizadas por encargo del propietario, la comunidad o agrupación de comunidades de propietarios que se refieran a la totalidad de un edificio o complejo inmobiliario extenderán su eficacia a todos y cada uno de los locales y viviendas existentes. En caso de edificios de comunidades de vecinos, será un representante de la comunidad, ya sea el presidente, secretario o administrador quien contrate al técnico colegiado. En caso de viviendas unifamiliares, debe encargar el informe el propietario.

La normativa ITE (ordenanzas) de cada Ayuntamiento establece los plazos de presentación, y en caso de no tener el Ayuntamiento o Comunidad Autónoma legislación propia sobre la ITE, todo edificio de mas de 50 años tiene la obligación de realizarla, tal y como establece el Real Decreto-ley 8/2011, de 1 de julio, publicado el 7 de julio en el Boletín Oficial del Estado

La ITE sirve para evaluar el grado de adecuación de los inmuebles a las condiciones legales de seguridad, salubridad, accesibilidad y ornato.

Sirve para determinar las obras y trabajos de conservación requeridos para mantener el inmueble en el estado legalmente exigible, y el tiempo señalado al efecto.

 

La Inspección Técnica del Edificio Supone

a) Reconocer del estado del edificio para detectar problemas fácilmente detectables u ocultos.

b) Actuar para reparar los daños del edificio.

c) Ofrecer una garantía a los usuarios y futuros compradores de la estabilidad del edificio, y por tanto, de su seguridad y durabilidad, así como de unas condiciones de confort y ahorro energético.

 

En la provincia de Santa  Cruz de Tenerife existe  la obligatoriedad de la Inspección Técnica de los Edificios (ITE) en los municipios de San Cristóbal de La Laguna, Arona, Adeje, La Orotava, Granadilla de Abona, Los Realejos, Puerto de la Cruz y Candelaria. Cada municipio regulará la antigüedad máxima de las construcciones que deben pasar ITE.

MECO ARQUITECTOS TÉCNICOS

Sus Técnicos tienen formación específica para la elaboración de CERTIFICACION DE EFICIENCIA ENERGETICA DE EDIFICIOS EXISTENTES, así como para INSPECCIÓN TÉCNICA DE EDIFICIOS, contrastado con certificados de seguimiento llevados a cabo por el Colegio Oficial de Arquitectos de Canarias y el Colegio Oficial de Aparejadores, Arquitectos Técnicos e Ingenieros de Edificación de Tenerife
Nuestra  principal filosofía es la máxima optimización del edificio, tanto en su construcción, como en costes y seguridad y salud. Para ello nos apoyamos en el software necesario y de mayor actualidad.

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